Etiquetas : acuerdo de pesca, Marruecos, UE, informe de la Dirección General de Pesca de la Comisión Europea, Sahara Occidental, especies pelágicas,
La Dirección General de Pesca de la Comisión Europea reveló, en un informe publicado recientemente, que el acuerdo de pesca celebrado en 2019 entre la Unión Europea (UE) y Marruecos dependía, casi exclusivamente, de las capturas en las costas del Sáhara Occidental.
Este informe, que se basa en una evaluación realizada por las consultoras “Poseidon Aquatic Resource Management” y “F&S Marine”, afirma que “el 99% de las capturas realizadas por la flota de la UE en el marco del Protocolo fueron realizadas por buques pesqueros industriales « Pequeños pelágicos », es decir, la pesca de categoría 6, practicada exclusivamente en el Sáhara Occidental ocupado.
De hecho, el Protocolo prevé permisos de pesca en seis categorías diferentes, correspondientes a diferentes tipos de pesca en diferentes zonas geográficas.
El informe especifica que la categoría 6 se refiere a las especies pelágicas y, para esta categoría, la pesca se practica en una zona geográficamente limitada a las aguas del Sáhara Occidental ocupado.
Explotación desenfrenada de los recursos del Sáhara Occidental
También subraya que las licencias de pesca para las otras cinco categorías, algunas de las cuales también son aplicables al Sáhara Occidental, estaban « en gran medida infrautilizadas » y que « sólo se utilizó el 22% de las licencias disponibles en estas cinco categorías ».
“Sólo 24 barcos de un máximo de 110 autorizados a pescar en las categorías 1 a 5 aprovecharon las oportunidades”, añade el informe, que señala que incluso en las categorías infrautilizadas (con excepción de las categorías 1 y 2 que se aplican a Marruecos), prácticamente todas las capturas se realizaron en el Sáhara Occidental ocupado.
El análisis del retorno de la inversión de la UE en este acuerdo también muestra que “cada euro invertido genera casi 3,3 euros de retorno en valor directo e indirecto”.
“El buen uso de las posibilidades de pesca por parte de la categoría emblemática del Protocolo, la categoría 6 de buques pesqueros industriales que se dedican a los pequeños pelágicos, explica este resultado”, subraya el estudio de evaluación, precisando que “esta categoría representa el 97% del valor añadido generado por el toda la flota de la UE para el Protocolo”.
Según el Protocolo, los buques de la UE están obligados a desembarcar ciertos porcentajes de sus capturas en “puertos locales”.
La mayoría de las capturas se transportan a la UE
Sin embargo, el estudio revela que la mayoría de las capturas desembarcadas por buques de la UE no se han vendido a industrias transformadoras locales, sino que se transportan a la UE para su venta en el mercado interior o se envían a terceros países.
Recientemente, la abogada general del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), Tamara Capeta, consideró que el Tribunal debería anular este acuerdo de asociación en el ámbito pesquero entre la UE y Marruecos.
En junio de 2019, el Frente Polisario solicitó ante el Tribunal General de la UE la anulación de la decisión del Consejo Europeo que aprobó el acuerdo en nombre de los Veintisiete y a raíz de esta solicitud, el Tribunal General, en su sentencia, anuló la decisión del Consejo. .
En 2021, la Comisión y el Consejo de la UE apelaron ante el Tribunal. La sentencia del TJUE debería emitirse antes del verano.
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