Aprobada por el Consejo de Seguridad en su 7684ª sesión, celebrada el 29 de abril de 2016
El Consejo de Seguridad,
Recordando y reafirmando todas sus resoluciones anteriores sobre el Sáhara Occidental,
Reafirmando su decidido apoyo a los esfuerzos del Secretario General y de su Enviado Personal por aplicar las resoluciones 1754 (2007), 1783 (2007), 1813 (2008), 1871 (2009), 1920 (2010), 1979 (2011), 2044 (2012), 2099 (2013), 2152 (2014) y 2218 (2015),
Reafirmando su compromiso de ayudar a las partes a alcanzar una solución política justa, duradera y mutuamente aceptable, que prevea la libre determinación del pueblo del Sáhara Occidental en el marco de disposiciones conformes a los principios y propósitos de la Carta de las Naciones Unidas, y haciendo notar la función y las obligaciones que incumben a las partes a este respecto, Reiterando su llamamiento a las partes y a los Estados vecinos para que cooperen más plenamente con las Naciones Unidas y entre sí e intensifiquen su implicación para poner fin a la actual situación de estancamiento y avanzar hacia una solución política,
Reconociendo que el logro de una solución política a esta controversia de larga data y la mejora de la cooperación entre los Estados miembros de la Unión del Magreb Árabe contribuirían a la estabilidad y la seguridad de la r egión del Sahel,
Acogiendo con beneplácito los esfuerzos del Secretario General por mantener en atento examen todas las operaciones de mantenimiento de la paz, incluida la Misión de las Naciones Unidas para el Referéndum del Sáhara Occidental (MINURSO), y reiterando la necesidad de que el Consejo aplique un enfoque riguroso y estratégico a los despliegues de mantenimiento de la paz y gestione eficazmente los recursos,
Reconociendo el importante papel que desempeña la MINURSO sobre el terreno y la necesidad de que esta cumpla plenamente su mandato,
Expresando preocupación por las violaciones de los acuerdos existentes y exhortando a las partes a que respeten sus obligaciones pertinentes,
Tomando nota de la propuesta presentada al Secretario General por Marruecos el 11 de abril de 2007 y de los serios y creíbles esfuerzos de Marruecos por hacer avanzar el proceso hacia una solución; tomando nota también de la propuesta presentada al Secretario General por el Frente Polisario el 10 de abril de 2007,
Alentando en este contexto a las partes a que demuestren una mayor voluntad política para llegar a una solución, incluso ahondando en sus deliberaciones sobre las propuestas de la otra parte,
Tomando nota de las cuatro rondas de negociaciones celebradas bajo los auspicios del Secretario General y reconociendo la importancia de que las partes se comprometan a continuar el proceso de negociación,
Alentando a las partes a que reanuden la cooperación con la Oficina del Alto Comisionado para los Refugiados en la aplicación del Plan de Acción sobre Medidas de Fomento de la Confianza actualizado en enero de 2012, incluidos los programas cuyo objetivo es vincular a personas que han estado divididas por el conflicto durante más de 40 años,
Destacando la importancia de mejorar la situación de los derechos humanos en el Sáhara Occidental y en los campamentos de Tinduf y alentando a las partes a que colaboren con la comunidad internacional para formular y aplicar medidas independientes y creíbles que aseguren el pleno respeto de los derechos humanos, teniendo presentes las obligaciones pertinentes que les incumben en virtud del derecho internacional,
Alentando a las partes a que prosigan sus esfuerzos respectivos por mejorar la promoción y protección de los derechos humanos en el Sáhara Occidental y en los campamentos de refugiados de Tinduf, entre ellos la libertad de expresión y la de asociación,
Acogiendo con beneplácito, a este respecto, las medidas e iniciativas recientes adoptadas por Marruecos y el papel desempeñado por las Comisiones del Consejo Nacional de Derechos Humanos en Dajla y El Aaiún, y la interacción que mantiene Marruecos con los procedimientos especiales del Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas,
Encomiando la visita técnica de la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (ACNUDH) al Sáhara Occidental en abril de 2015, y a los campamentos de refugiados de Tinduf en julio y agosto de 2015, y alentando encarecidamente a que continúe la cooperación plena con el ACNUDH, entre otras cosas, facilitando nuevas visitas a la región,
Reconociendo los efectos que las lluvias torrenciales de octubre de 2015 tuvieron en los campamentos de refugiados de Tinduf y acogiendo con beneplácito el plan del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados de convocar una reunión de información para los donantes,
Reiterando su solicitud de que se considere la posibilidad de proceder a una inscripción de los refugiados en los campamentos de Tinduf e invitando a que se trabaje en este sentido,
Restacando la importancia de que las partes se comprometan a continuar el proceso de negociaciones en el marco de conversaciones auspiciadas por las Naciones Unidas,
Reconociendo que la consolidación del statu quo no es aceptable, y observando además que los progresos en las negociaciones son esenciales para mejorar la calidad de vida del pueblo del Sáhara Occidental en todos sus aspectos,
Afirmando su pleno apoyo al Enviado Personal del Secretario General para el Sáhara Occidental, Embajador Christopher Ross, y a su labor de facilitar las negociaciones entre las partes, y acogiendo con beneplácito sus iniciativas recientes y las consultas que está celebrando con las partes y los Estados vecinos a tal efecto,
Afirmando su pleno apoyo a la Representante Especial del Secretario General para el Sáhara Occidental y Jefa de la MINURSO, Sra. Kim Bolduc,
Lamentando que la capacidad d
e la MINURSO para cumplir plenamente su mandato se haya visto afectada por el hecho de que la mayoría de su componente civil, incluido el personal político, no puede desempeñar sus funciones dentro de la zona de operaciones de la MINURSO,
e la MINURSO para cumplir plenamente su mandato se haya visto afectada por el hecho de que la mayoría de su componente civil, incluido el personal político, no puede desempeñar sus funciones dentro de la zona de operaciones de la MINURSO,
Habiendo examinado el informe del Secretario General de 19 de abril de 2016 (S/2016/355),
1. Decide prorrogar el mandato de la MINURSO hasta el 30 de abril de 2017;
2. Pone de relieve la necesidad urgente de que la MINURSO vuelva a funcionar a plena capacidad;
3. Solicita al Secretario General que en un plazo de 90 días lo informe de si la MINURSO ha vuelto a funcionar a plena capacidad y expresa su intención, en el caso de que la MINURSO no haya conseguido volver a funcionar a plena capacidad, de considerar la mejor forma de facilitar el logro de este objetivo;
4. Reafirma la necesidad de que se respeten plenamente los acuerdos militares concertados con la MINURSO respecto del alto el fuego y exhorta a las partes a que se adhieran plenamente a esos acuerdos;
5. Exhorta a todas las partes a que cooperen plenamente con las operaciones de la MINURSO, incluida su libre interacción con todos los interlocutores, y a que tomen las medidas necesarias para garantizar la seguridad, así como la circulación sin trabas y el acceso inmediato, del personal de las Naciones Unidas y el personal asociado en la ejecución de su mandato, de conformidad con los acuerdos existentes;
6. Pone de relieve la importancia del compromiso de las partes de continuar el proceso de preparación de la quinta ronda de negociaciones y recuerda que hizo suya la recomendación formulada en el informe de 14 de abril de 2008 (S/2008/251) en el sentido de que la visión realista y el espíritu de compromiso de las partes son esenciales para lograr progresos en las negociaciones;
7. Exhorta a las partes a que sigan dando muestras de voluntad política y trabajen en una atmósfera propicia para el diálogo a fin de iniciar una fase más intensiva y sustantiva de las negociaciones, asegurando así la aplicación de las resoluciones 1754 (2007), 1783 (2007), 1813 (2008), 1871 (2009), 1920 (2010), 1979 (2011), 2044 (2012), 2099 (2013), 2152 (2014) y 2218 (2015) y el éxito de las negociaciones;
8. Afirma su pleno apoyo al compromiso del Secretario General y su Enviado Personal de lograr una solución a la cuestión del Sáhara Occidental en este contexto y pide que se reanuden las reuniones y se intensifiquen los contactos;
9. Exhorta a las partes a que continúen las negociaciones bajo los auspicios del Secretario General, sin condiciones previas y de buena fe, teniendo en cue nta los esfuerzos realizados desde 2006 y los acontecimientos posteriores, con miras a lograr una solución política justa, duradera y mutuamente aceptable, que prevea la libre determinación del pueblo del Sáhara Occidental en el marco de disposiciones conformes a los principios y propósitos de la Carta de las Naciones Unidas, y hace notar la función y las obligaciones que incumben a las partes a este respecto;
10. Invita a los Estados Miembros a que presten la asistencia adecuada para esas conversaciones;
11. Solicita al Secretario General que lo informe periódicamente, y como mínimo dos veces por año, sobre el estado y la marcha de las negociaciones que se desarrollan bajo sus auspicios, la aplicación de la presente resolución, los problemas que afectan a las operaciones de la MINURSO y las medidas adoptadas para resolverlos, expresa su intención de reunirse para recibir y examinar dicha información y, a este respecto, solicita también al Secretario General que presente un informe sobre la situación en el Sáhara Occidental con suficiente antelación al fin del período del mandato;
12. Acoge con beneplácito el compromiso de las partes y los Estados vecinos de celebrar reuniones periódicas con la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados a fin de examinar y, de ser posible, ampliar las medidas de fomento de la confianza;
13. Insta a los Estados Miembros a que hagan contribuciones voluntarias para financiar la aplicación de las medidas de fomento de la confianza acordadas entre las partes, incluidas las que permitan las visitas entre los familiares separados, así como programas de distribución de alimentos para asegurar que se satisfagan adecuadamente las necesidades humanitarias de los refugiados;
14. Solicita al Secretario General que siga adoptando las medidas necesarias para asegurar que en la MINURSO se cumpla plenamente la política de las Naciones Unidas de tolerancia cero respecto de la explotación y los abusos sexuales y que lo mantenga informado, e insta a los países que aportan contingentes a que adopten las medidas preventivas apropiadas, incluida la sensibilización antes del despliegue, y otras medidas para asegurar la plena rendición de cuentas en los casos de este tipo de conducta en que esté involucrado su personal;
15. Decide seguir ocupándose de la cuestión.
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