Del Sáhara español al Sáhara de nadie

El Sáhara español al Sáhara de nadie: un recorrido por la historia común de España y el Sáhara Occidental
El Sáhara Occidental ha estado ligado a la Historia de España desde que en 1884 un zaragozano hijo de italiano, el alférez Emilio Bonelli, consiguió del mismísimo Cánovas del Castillo presupuesto que le permitió fundar Villa Cisneros (hoy Dajla). Mediante acuerdos con las tribus de la zona se consiguió que esas tierras fueran un protectorado del Reino de España. Ello fue refrendado ante la comunidad internacional en la Conferencia de Berlín al año siguiente.
Décadas más tarde de fricciones con los habitantes del territorio y otras potencias coloniales, llegamos a lo que nos interesa: El 14 de Diciembre de 1955, España entra en las Naciones Unidas. En diciembre de 1960 la ONU promulga la Declaración sobre la concesión de la independencia a los países y pueblos coloniales, la Resolución 1514 (XV). Esta resolución proclamaba el Derecho a la Libre Determinación de los Pueblos y obligaba a los Estados con territorios sometidos a “tomarse inmediatamente medidas para traspasar todos los poderes a los pueblos de esos territorios, sin condiciones ni reservas, en conformidad con su voluntad y sus deseos libremente expresados, y sin distinción de raza, credo, ni color, para permitirles gozar de una libertad y una independencia absolutas” (Punto 5). El movimiento por la descolonización cobraba gran fuerza a nivel internacional.
Dos años antes, el Gobierno del régimen franquista había intentado acallar los requerimientos de Naciones Unidas cambiando el estatus del -entonces llamado- Sáhara Español. Emulando a Portugal, aprobó el “Decreto de Provincialización del Sáhara” (1) con la intención de que el Sáhara no fuera un territorio sometido a dominación colonial. Esta norma jurídica convertía al Sáhara en la provincia número 53, equivalente a Sevilla, Soria o Salamanca. Sin embargo, el mismo Consejo de Estado reconoció que esta triquiñuela jurídica solo equiparaba al Sáhara con el resto del país a nivel administrativo (2) pues el factor colonial seguía muy presente. Con todo, tras un proceso de institucionalización, en 1963 entraron tres procuradores saharauis en las Cortes franquistas (3) y en 1967 se amplió su presencia a seis. Ese mismo año se crea la Yemáa, la asamblea general de los saharauis, de carácter consultivo.
En los setenta florece un nacionalismo saharaui mal gestionado por los españoles, que lo reprimieron mediante ataques a la población civil. En la misma época tanto Naciones Unidas como la Organización para la Unidad Africana trajeron de nuevo a la agenda internacional el asunto del Sáhara Occidental. En 1974 España presentó un plan de descolonización que incluía la elaboración de un censo electoral que fuera la referencia para un referéndum de autodeterminación -supervisado por la ONU- en el que los saharauis decidieran si querían ser independientes. En ese momento el Reino de Marruecos, capitaneado por Hassán II e impulsado por la teoría del “Gran Marruecos” (doctrina imperialista que le adjudica al Reino de Marruecos prácticamente todo el oeste del Magreb) comienza a reclamar su soberanía sobre el territorio y rechaza la propuesta de descolonización de España. Como medida de bloqueo, interpone ante la Corte Internacional de Justicia la cuestión sobre si el Sáhara Occidental era de soberanía marroquí -en lugar de terra nullius- cuando llegaron los españoles y si, por tanto, le corresponde por derecho. Esta maniobra aplaza la celebración del referéndum (que debía ser para finales de 1974) hasta el pronunciamiento de la Corte. El 16 de octubre de 1975 la Corte resuelve por unanimidad que aunque hubo en el pasado vínculos entre los habitantes nómadas del Sáhara y el sultán de Marruecos, nunca hubo una relación de soberanía que cuestionase el camino hacia la independencia del Sáhara Occidental.
El Reino de Marruecos no se contentó con la resolución de la Corte Internacional, así que movió ficha: aprovechando la debilidad del Gobierno de España y la incertidumbre acerca del estado de salud del General Franco, el Rey Hassán II arengó a las masas y financió transportes para recuperar los “territorios del sur”. Había comenzado la Marcha Verde. Miles de marroquíes movilizados con un múltiple objetivo: presionar para reforzar su exigencia del Sáhara Occidental, crear cohesión social entre los marroquíes, reforzar la posición de la monarquía y, además, tener ocupado al ejército, quien había protagonizado atentados e intentos de golpes de Estado. En un contexto de Guerra Fría esta iniciativa fue apoyada por Estados Unidos, Francia y otros.
La Marcha Verde cumplió su objetivo. Agonizando el dictador y bajo la jefatura de Estado interina del Príncipe Juan Carlos, el Gobierno de Arias Navarro firmó los Acuerdos de Madrid. El 14 de noviembre de 1975 España renunció a sus funciones de potencia administradora en función de Mauritania y Marruecos. Como curiosidad, estos convenios internacionales nunca fueron publicados en el Boletín Oficial del Estado, de modo que nunca entraron en vigor. Sólo se conoció el contenido de algunos de estos acuerdos gracias a la publicación de la revista Interviú de 28 de enero de 1978. Dicho número fue secuestrado.
Para más complejidad, el 20 de octubre, menos de un mes antes, había comenzado a debatirse en las Cortes el proyecto de ley para la descolonización del Sáhara. Dicha ley fue apresuradamente publicada el día 19 de noviembre, el día antes de la muerte Franco, y facultaba al Gobierno a llevar a cabo todo lo necesario para la efectiva descolonización del territorio. Todo ello suponía una ilegalidad manifiesta, dado que la legislación franquista dictaba que la ratificación de tratados internacionales relativos a la integridad territorial española requería autorización previa, mediante una ley, de las Cortes (art. 14.I de la ley constitutiva de las Cortes, de 17 de julio de 1942) y la ratificación posterior por parte del jefe del Estado (art. 9a de la Ley Orgánica del Estado de 1 de enero de 1967). No se hizo ni lo uno ni lo otro, pues los acuerdos fueron previos a la publicación de la ley y la ley no contenía habilitación expresa para cerrar acuerdos sobre materia territorial o de soberanía.
Dejando de lado las cuestiones de Derecho interno, el Reino de España también violó la legalidad internacional a trompicones: la Carta de Naciones Unidas (art. 77. 1. c) dado que para descolonizar podría o haber sometido a referéndum a los saharauis o traspasar la administración del territorio al Consejo de Administración Fiduciaria de la ONU; las resoluciones de la ONU sobre la descolonización (resolución 3458 B de la Asamblea General, de 10 de diciembre de 1975), respaldadas además por el dictamen del Tribunal Internacional de Justicia de 16 de octubre de 1975, que afirmaba que la descolonización del Sáhara debía hacer
se mediante un referéndum de autodeterminación.
Como reacción, el Frente Polisario (Frente Popular de Liberación de Saguía el Hamra y Río de Oro -los dos territorios del Sáhara Occidental-), constituido en 1973 a instancias de El Uali Mustafa Sayed, licenciado en Derecho y Ciencias Políticas y líder nacionalista, dejó de hostigar a los españoles para reivindicar la libertad del pueblo saharaui. Mientras la administración española desaparecía, los marroquíes persiguieron con napalm a los saharauis, que se refugiaron en Tinduf, Argelia. El 27 de febrero de 1976 se proclama en Tinduf la República Árabe Saharaui Democrática (RASD), con un gobierno en el exilio del que El Uali fue el primer presidente. La lucha armada del Frente Polisario consiguió desgastar a sus oponentes, hasta que en 1979 hacen claudicar a Mauritania. Marruecos comienza entonces la construcción de un gigantesco muro minado para evitar las incursiones de la guerrilla del Polisario. Cada bando está sostenido por potencias internacionales (por Francia y Estados Unidos uno, por Argelia y Libia el otro). En 1991 se firma un alto el fuego, Naciones Unidas da el estatus de observador al Frente Polisario y se crea la Misión de Naciones Unidas para el Referéndum en el Sáhara Occidental (MINURSO) mediante resolución 690 del Consejo de Seguridad. Es la única misión de la ONU sin mandato de protección de los Derechos Humanos, lo que ha permitido que continúen torturas y desapariciones en el Sáhara Occidental ocupado por Marruecos.
A día de hoy la mayoría de los saharauis vive bajo administración de la RASD en los Campamentos de Refugiados Saharauis de Tinduf (Argelia). Otros tantos viven en el Sáhara Occidental bajo el gobierno de Marruecos (“Territorios Ocupados”), sufriendo violaciones de Derechos Humanos (4) que llegan hasta el punto de prohibirles hablar hassanía (dialecto del árabe hablado por los saharauis) o español, su segunda lengua. Algunos viven en las zonas del Sáhara Occidental bajo control del Frente Polisario (“Territorios Liberados”) y finalmente miles viven repartidos por España, Cuba, Europa… en una gran diáspora saharaui.
El referéndum de autodeterminación no llega, persistentemente bloqueado por las autoridades del Reino de Marruecos. Francia respalda a Marruecos tanto económicamente como en su asiento de miembro permanente del Consejo de Seguridad de Naciones Unidas. España sigue siendo la potencia administradora desde el punto de vista del Derecho Internacional, pero no actúa dados los grandes riesgos que llevaría en lo económico (pescadores españoles en aguas del Sáhara Occidental, empresas afincadas en Marruecos) como en lo político (reivindicaciones marroquíes sobre Ceuta y Melilla, presión de los inmigrantes en las fronteras…).
Mientras tanto, los saharauis apuestan por la vía pacífica de solución del conflicto y rechazan volver a las armas. Mientras tanto, los saharauis siguen esperando.
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BIBLIOGRAFÍA:
(1) DECRETO DE 10 ENERO 1958, BOE NÚM. 12, DE 14 DE ENERO DE 1958.
(2) RECOPILACIÓN DE DOCTRINA LEGAL DEL CONSEJO DE ESTADO. (1972). MADRID.
(3) GARCÍA, A., HISTORIAS DEL SÁHARA: EL MEJOR Y EL PEOR DE LOS MUNDOS, CATARATA, MADRID, 2001
(4) INFORME ANUAL DE AMNISTÍA INTERNACIONAL (2013).
-SOROETA, J. (2007). “MARCO JURÍDICO POLÍTICO DE LA CUESTIÓN DEL SAHARA OCCIDENTAL”, EN MARTÍNUEZ LILLO, P. Y OTROS. UNIVERSIDAD Y SAHARA OCCIDENTAL: REFLEXIONES PARA LA SOLUCIÓN DE UN CONFLICTO; (2009). COLECCIÓN CUADERNOS SOLIDARIOS Nº 6, OFICINA DE ACCIÓN SOLIDARIA E IGUALDAD (UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE MADRID), MADRID. P. 35-52.
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